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Como Se Divide Buenos Aires?

Como Se Divide Buenos Aires
Denominación y organización – Nuestra provincia se divide administrativamente en 135 municipios que constitucionalmente, por razones históricas, se llaman Partidos.

¿Cómo está dividida la Ciudad de Buenos Aires?

La Ciudad de Buenos Aires o Ciudad Autónoma de Buenos Aires ―también llamada Capital Federal por ser sede del gobierno federal― es la capital de la República Argentina. Está situada en la región centro-este del país, sobre la orilla occidental del Río de la Plata, en plena llanura pampeana.

Los resultados definitivos del censo de 2010 estiman la población de la ciudad en 2. 890. 151 habitantes, y la de su aglomerado urbano, el Gran Buenos Aires, en 12. 801. 364 habitantes; siendo la mayor área urbana del país, la segunda de Sudamérica, Hispanoamérica y del hemisferio sur, y una de las 20 mayores ciudades del mundo.

Es, junto a São Paulo y Ciudad de México, una de las tres ciudades latinoamericanas de categoría alfa, según el estudio GaWC. La ciudad de Buenos Aires se encuentra entre las ciudades con mayor calidad de vida de América Latina, y su renta per cápita se ubica entre las tres más altas de la región.

  • Es la ciudad más visitada de América del Sur;
  • El tejido urbano se asemeja a un abanico que limita al sur, oeste y norte con la provincia de Buenos Aires y al este con el río;
  • Oficialmente la ciudad se encuentra dividida en 48 barrios que derivan, los más antiguos, de las parroquias establecidas en el siglo XIX;

La metrópolis es una ciudad autónoma que constituye uno de los 24 distritos en los que se divide el país. Tiene sus propios poderes ejecutivo, legislativo y judicial, además de su propia policía. .

¿Qué quiere decir CABA y GBA?

La diferencia entre el Gran Buenos Aires y el Aglomerado Gran Buenos Aires es que el primero alude a un conjunto de partidos (más la Ciudad de Buenos Aires) tomados en su totalidad, mientras el segundo alude a un área que se va moviendo con el tiempo y que incluye a algunos partidos de manera parcial.

¿Cómo se divide la provincia?

Estados Provinciales La República Argentina es un estado Federal constituido por 23 Provincias y una Ciudad Autónoma. Cada Provincia tiene competencias legislativas en los términos establecidos en sus respectivas Constituciones en las que de forma expresa manifiestan su adhesión a la República.

El poder ejecutivo de cada provincia es ejercido por el Gobernador electo por los habitantes de la Provincia; entre sus atribuciones se encuentra hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Nación, de ahí que la Constitución Nacional se refiera a ellos como agentes naturales del Gobierno Federal.

El poder legislativo provincial es ejercido por la correspondiente Legislatura provincial que puede ser unicameral o bicameral. Cada Provincia está dividida en Departamentos, salvo en el caso de la Provincia de Buenos Aires donde reciben la denominación de partidos.

  • Cada departamento está a su vez dividido en distritos y éstos en localidades;
  • Las localidades se clasifican administrativamente principalmente en función del número de habitantes;
  • La naturaleza, composición y competencias del gobierno de cada localidad depende de su rango, estableciéndose en las diferentes constituciones los criterios de clasificación y las formas de gobierno;

Las localidades que superan un cierto número de habitantes, o por declararlo una ley provincial, se denominan Municipios estando gobernadas por una Municipalidad cuya rama ejecutiva es ejercida por el Intendente (o Viceintendente) elegido por sufragio universal directo, y cuya rama legislativa, con potestad para la sanción de Ordenanzas Municipales, es ejercida por un Concejo Deliberante, siendo el número de concejales función del número de habitantes del municipio del último censo realizado.

  • El resto de localidades que cumplan unos requisitos mínimos (existencia de casco urbano, por ejemplo) podrán ser gobernadas por una Comisión de Fomento que constará de un Presidente y varios Vocales;
  • En ambos casos se establecerán los límites del Ejido Municipal que será gobernado por la Municipalidad o la Comisión;

Esta estructura administrativa es dinámica y tiene el propósito de colaborar en la descentralización del Estado (el Federalismo se lleva hasta el ámbito Municipal)..

¿Cuáles son los distritos de la provincia de Buenos Aires?

¿Cuáles son las 15 comunas de caba?

Ley

Comuna Nº Límites Superficie
12 Coghlan, Saavedra, Villa Urquiza y Villa Pueyrredón. 15,6 (km2)
13 Belgrano, Núñez y Colegiales. 14,6 (km2)
14 Palermo. 15,8 (km2)
15 Chacarita, Villa Crespo, Paternal, Villa Ortúzar y Agronomía. 14,3 (km2)

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¿Cuántos barrios tiene la Provincia de Buenos Aires?

Bibliografía [ editar ] –

  • Anuario industrias culturales, Ciudad de Buenos Aires 2004. Buenos Aires: Secretaría de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Anuario estadístico 2004. Buenos Aires: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, 2005.
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¿Cuál es la diferencia entre AMBA y Gran Buenos Aires?

El Área Metropolitana de Buenos Aires es una delimitación utilizada por el INDEC (2003) que incluye a la Ciudad de Buenos Aires y 24 partidos del Gran Buenos Aires. Rodeando a la CABA, se extienden los partidos de la Provincia de Buenos Aires. Sus actuales centros urbanos fueron localidades, paulatinamente incorporadas a la aglomeración por la expansión de la ciudad principal.

La continuidad urbana de ambas jurisdicciones conforma la metrópolis aquí denominada Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y “Aglomerado del Gran Buenos Aires” por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

Comprende la a Ciudad Autónoma de Buenos Aires + 24 Partidos: 1. Almirante Brown, 2: Avellaneda, 3: Berazategui, 4: Esteban Echeverría, 5: Ezeiza, 6: Florencio Varela, 7: General San Martín, 8: Hurlingham, 9: Ituzaingó, 10: José C. Paz, 11: La Matanza, 12: Lanús, 13, Lomas de Zamora, 14: Malvinas Argentinas, 15: Merlo, 16: Moreno, 17: Morón, 18: Quilmas, 19: San Fernando, 20: San Isidro, 21: San Miguel, 22: Tigre, 23: Tres de Febrero, 24: Vicente López.

¿Qué diferencia hay entre el AMBA y CABA?

El Área Metropolitana de Buenos Aires El AMBA es la zona urbana común que conforman la CABA y los siguientes 40 municipios de la Provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, Berazatagui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C.

Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, y Zárate.

Se trata de una megaciudad que se extiende desde Campana hasta La Plata, con límite físico en el Rio de la Plata e imaginario en la Ruta Provincial 6, y recorre una superficie de 13. 285 km2. Según el censo de 2010, cuenta con 14. 800. 000 habitantes, que representan el 37% de los habitantes de la Argentina.

¿Cómo es que se divide?

¿Cómo se divide el territorio?

BOLIVIA Artculo 108. – El territorio de la Repblica se divide polticamente en Departamentos, Provincias, Secciones de Provincias y Cantones. BRASIL Art. 18. (*) A organizao poltico-administrativa da Repblica Federativa do Brasil compreende a Unio, os Estados, o Distrito Federal e os Municpios, todos autnomos, nos termos desta Constituio.

  • 1. Braslia a Capital Federal.
  • 2. Os Territrios Federais integram a Unio, e sua criao, transformao em Estado ou reintegrao ao Estado de origem sero reguladas em lei complementar.
  • 3. Os Estados podem incorporar-se entre si, subdividir-se ou desmembrar-se para se anexarem a outros, ou formarem novos Estados ou Territrios Federais, mediante aprovao da populao diretamente interessada, atravs de plebiscito, e do Congresso Nacional, por lei complementar.
  • 4. A criao, a incorporao, a fuso e o desmembramento de Municpios preservaro a continuidade e a unidade histrico-cultural do ambiente urbano, far-se-o por lei estadual, obedecidos os requisitos previstos em lei complementar estadual, e dependero de consulta prvia, mediante plebiscito, s populaes diretamente interessadas.

(*) Emenda Constitucional N 15, de 1996 CHILE Artculo 99. – Para el gobierno y administracin interior del Estado, el territorio de la Repblica se divide en regiones y stas en provincias. Para los efectos de la administracin local, las provincias se dividirn en comunas. La modificacin de los lmites de las regiones y la creacin, modificacin y supresin de las provincias y comunas, sern materia de ley de qurum calificado, como asimismo, la fijacin de los capitales de las regiones y provincias; todo ello a proposicin del Presidente de la Repblica.

COLOMBIA Artculo 285. – Fuera de la divisin general del territorio, habr las que determine la ley para el cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del Estado. Artculo 286. – Son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indgeneas.

la ley podr darles el carcter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los trminos de la Constitucin y de la ley. Artculo 321. – Las provincias se constituyen con municipios o territorios indgenas circunvecinos. La ley dictar el estaltuto bsico y fijar el rgimen administrativo de las provincias que podrn organizarse para el cumplimiento de las funciones que les deleguen las entidades nacionales o departamentales y que les asigne la ley y los municipios que la integran.

Las provincias sern creadas por ordenanza, a iniciativa del Gobernador, de los alcaldes de los respectivos municipios o del nmero de ciudadanos que determine la ley. Para el ingreso a una provincia ya constituda deber realizarse una consulta popular en los muncipios interesados.

El departamento y los municipios aportarn a las provincias el porcentaje de sus ingresos corrientes que determinen la Asamblea y los conejos respectivos. COSTA RICA Artculo 168. – Para los efectos de la Administracin Pblica el territorio nacional se divide en provincias, stas en cantones y los cantones en distritos.

La ley podr establecer distribuciones especiales. CUBA Artculo 102. – El territorio nacional, para los fines poltico- administrativos, se divide en provincias y municipios; el numero, los limites y la denominacin de los cuales se establece en la ley.

La ley puede establecer, ademas, otras divisiones. La provincia es la sociedad local, con personalidad jurdica a todos los efectos legales, organizada polticamente por la ley como eslabn intermedio entre el gobierno central y el municipal, en una extensin superficial equivalente a la del conjunto de municipios comprendidos en su demarcacin territorial.

  • Ejerce las atribuciones y cumple los deberes estatales y de administracin de su competencia y tiene la obligacin primordial de promover el desarrollo econmico y social de su territorio, para lo cual coordina y controla la ejecucin de la poltica, programas y planes aprobados por los rganos superiores del Estado, con el apoyo de sus municipios, conjugandolos con los intereses de estos;
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El Municipio es la sociedad local, con personalidad jurdica a todos los efectos legales, organizada polticamente por la ley, en una extensin territorial determinada por necesarias relaciones econmicas y sociales de su poblacin, y con capacidad para satisfacer las necesidades mnimas locales.

  1. Las provincias y los municipios, ademas de ejercer sus funciones propias, coadyuvan a la realizacin de los fines del Estado;
  2. ECUADOR Artculo 224;
  3. – El territorio del Ecuador es indivisible;
  4. Para la administracin del Estado y la representacin poltica existirn provincias, cantones y parroquias;

Habr circunscripciones territoriales indgenas y afroecuatorianas que sern establecidas por la ley. Artculo 225. – El Estado impulsar mediante la descentralizacin y la desconcentracin, el desarrollo armnico del pas, el fortalecimiento de la participacin ciudadana y de las entidades seccionales, la distribucin de los ingresos pblicos y de la riqueza.

El gobierno central transferir progresivamente funciones, atribuciones, competencias, responsabilidades y recursos a las entidades seccionales autnomas o a otras de carcter regional. Desconcentrar su gestin delegando atribuciones a los funcionarios del rgimen seccional dependiente.

Artculo 236. – La ley establecer las competencias de los rganos del rgimen seccional autnomo, para evitar superposicin y duplicidad de atribuciones, y regular el procedimiento para resolver los conflictos de competencias. Artculo 237. – La ley establecer las formas de control social y de rendicin de cuentas de las entidades del rgimen seccional autnomo.

  1. EL SALVADOR Artculo 200;
  2. – Para la administracin poltica se divide el territorio de la Repblica en Departamentos cuyo nmero y lmites fijar la ley;
  3. En cada uno de ellos habr un Gobernador propietario y un suplente, nombrados por el Organo Ejecutivo y cuyas atribuciones determinar la ley;

Artículo 202. – Para el Gobierno Local, los departamentos se dividen en Municipios, que estarn regidos por Concejos formados de un Alcalde, un Sndico y dos o ms Regidores cuyo nmero ser proporcional a la poblacin. Los miembros de los Concejos Municipales debern ser mayores de veintin aos y originarios o vecinos del municipio; sern elegidos para un perodo de tres aos, podrn ser reelegidos y sus dems requisitos sern determinados por la ley.

  1. GUATEMALA Artculo 224;
  2. – Divisin administrativa;
  3. El territorio de la Repblica, se divide para su administracin en departamentos y stos en municipios;
  4. La administracin ser descentralizada y se establecern regiones de desarrollo con criterios econmicos, sociales y culturales que podrn estar constituidos por uno o ms departamentos para dar un impulso racionalizado al desarrollo integral del pas;

Sin embargo, cuando as convenga a los intereses de la Nacin, el Congreso podr modificar la divisin administrativa del pas, estableciendo un rgimen de regiones, departamentos y municipios, o cualquier otro sistema, sin menoscabo de la autonoma municipal.

  • HONDURAS Artculo 294;
  • – El territorio nacional se dividir en departamentos;
  • Su creacin y lmites sern decretados por el Congreso Nacional;
  • Los departamentos se dividirn en municipios autnomos administrados por corporaciones electas por el pueblo, de conformidad con la ley;

MXICO Artculo 43. Las partes integrantes de la Federacin son los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Mexico, Michoacan, Morelos, Nayarit, Nuevo Leon, Oaxaca, Puebla, Queretaro, Quintana Roo, San Luis Potosi, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatan, Zacatecas y el Distrito Federal.

Artculo 45. – Los Estados de la federacin conservan la extensin y limites que hasta hoy han tenido, siempre que no haya dificultad en cuanto a estos. Artculo 46. – Los Estados pueden arreglar entre si, por convenios amistosos, sus respectivos limites; pero no se llevaran a efecto esos arreglos sin la aprobacin del Congreso de la Unin.

Artculo 47. – El Estado del Nayarit tendr la extensin territorial y limites que comprende actualmente el territorio de Tepic. Artculo 115. – Gobierno Municipal. NICARAGUA Artculo 175. – El territorio nacional se dividir para su administracin, en departamentos, regiones autnomas de la Costa Atlntica y municipios.

  • Las leyes de la materia determinarn su creacin, extensin, nmero, organizacin, estructura y funcionamiento de las diversas circunscripciones territoriales;
  • (2) PANAM Artculo 5;
  • – El territorio del Estado panameo se divide polticamente en Provincias, stas a su vez en Distritos y los Distritos en corregimientos;

PARAGUAY Artculo 156. – DE LA ESTRUCTURA POLITICA Y LA ADMINISTRATIVA A los efectos de la estructuracin poltica y administrativa del Estado, el territorio nacional se divide en departamentos, municipios y distritos, los cuales, dentro de los lmites de esta Constitucin y de las leyes, gozan de autonoma poltica, administrativa y normativa para la gestin de sus intereses, y de autarqua en la recaudacin e inversin de sus recursos.

  1. PER Artculo 188;
  2. – La descentralizacin es un proceso permanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del pas;
  3. Artculo 189;
  4. – El territorio de la Repblica se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada;

REPBLICA DOMINICANA Artculo 5. – Territorio nacional. VENEZUELA Artculo 16. – Con el fin de organizar polticamente la Repblica, el territorio nacional se divide en el de los Estados, Distrito Capital, las dependencias federales y los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.

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La divisin polticoterritorial ser regulada por ley orgnica, que garantice la autonoma municipal y la descentralizacin polticoadministrativa. Dicha ley podr disponer la creacin de territorios federales en determinadas reas de los Estados, cuya vigencia queda supeditada a la realizacin de un referendo aprobatorio en la entidad respectiva.

Por ley especial podr darse a un territorio federal la categora de Estado, asignndosele la totalidad o una parte de la superficie del territorio respectivo. Artculo 17. – Las dependencias federales son las islas martimas no integradas en el territorio de un Estado, as como las islas que se formen o aparezcan en el mar territorial o en el que cubra la plataforma continental.

¿Cómo se divide el municipio?

El municipio, es la entidad político-jurídica en que se dividen los estados, esta integrada por una población asentada en un espacio geográfico, con normas jurídicas propias y un órgano de gobierno que es el ayuntamiento. Mientras que las demarcaciones territoriales, son la base de la división territorial y de la organización político administrativa de la Ciudad de México, que cuentan con un órgano de gobierno que es la alcaldía.

A menudo escuchamos la palabra alcaldía como si fuera una forma de gobierno, sin embargo, hay que aclarar que dicha denominación es incorrecta, puesto que la alcaldía es el órgano administrativo de la demarcación, como el ayuntamiento lo es del municipio.

El fundamento constitucional, tanto del municipio, como de la demarcación territorial, son completamente distintos, en el caso del primero es el artículo 115, y en el caso del segundo es el artículo 122. A continuación se señalan algunas de las marcadas diferencias:

  • La demarcación territorial no está reconocida como un órden de gobierno y el municipio sí.
  • La demarcación territorial no tiene facultades concurrentes en Leyes Generales, el municipio sí.
  • El municipio se integra por regidores, síndicos y presidente municipal.
  • Las demarcaciones territoriales se integran por concejales, que representan un barrio o circunscripción de la alcaldía y el alcalde.
  • Los regidores son electos por representación proporcional, en tanto que los consejales son electos por mayoría relativa.
  • El municipio recibe aportaciones federales, la demarcación territorial recibe su presupuesto de la legislatura local.
  • El municipio recibe contribuciones sobre su propiedad inmobiliaria, la demarcación territorial de la hacienda pública de la Ciudad de México.

En México conviven ambas formas de gobierno y, en sentido amplio, tanto municipios como demarcaciones (alcaldías), son gobiernos locales y a ellos a través de los gobiernos de las entidades federativas, es a quienes sirve y ayuda el Inafed ahora, para abrir el criterio y mejorar la toma de decisiones. Te invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales: Twitter:   @ INAFED_Mx   Facebook:   @inafednacional.

¿Qué quiere decir la CABA?

Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Ecléctica y cosmopolita, es la Capital Federal del país desde 1880. Adquirió su estatus de Distrito Federal en 1994. El territorio en que habitaban tehuelches y querandíes vio la llegada del conquistador español en el siglo XVI.

La ciudad fue fundada en 1580 por Juan de Garay, tras el fallido intento de 1536 por Pedro de Mendoza. Fue epicentro de importantes hechos históricos como la resistencia a la ocupación inglesa y el movimiento emancipador iniciado en Mayo de 1810.

Devino luego en puerta de ingreso de los inmigrantes extranjeros que poblaron el país en la segunda mitad del XIX y principios del XX y acogió posteriormente a los compatriotas del interior que llegaban en busca de un futuro promisorio. En cuanto al clima, cuenta con veranos cálidos e inviernos frescos, con moderada amplitud térmica.

¿Cuáles son los 135 partidos de Buenos Aires?

¿Qué es distrito y provincia?

¿Cuántas provincias hay en el mapa del Perú? – Como Se Divide Buenos Aires Urubamba, ubicada en el departamento de Cusco, es una de las provincias más importantes en la industria del turismo nacional debido al patrimonio natural y arqueológico que alberga. Foto: Encyclopedia Britannica Las provincias son subdivisiones de los departamentos , las cuales son las que tienen mayor extensión y jerarquía dentro de la organización político-administrativo. Si bien las provincias son de menor orden que los departamentos, estas tienen mayor orden que los distritos o centros poblados.

¿Cuántas Comunas hay en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?

Organización – La ciudad está organizada en 15 Comunas que se rigen bajo la Ley 1. 777 sancionada en 2005. Se trata de unidades descentralizadas de gestión política y administrativa que, en algunos casos, abarcan más de un barrio. Tienen competencias exclusivas y concurrentes con el Gobierno de la Ciudad.

¿Cuántos barrios hay en la Ciudad de Buenos Aires?

Permite acceder a información sobre los 48 barrios de la Ciudad: límites y ubicación geográfica, datos demográficos e históricos, emblemas y aniversarios barriales, entre otros.

¿Cuántas manzanas hay en la Ciudad de Buenos Aires?

La Ciudad de Buenos Aires se divide en más de noventa secciones catastrales, de las que se ponen a disposición los mapas y planos catastrales a escala 1:5. 000. El Catastro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el registro del estado de hecho de los datos correspondientes a objetos territoriales y registros públicos de los datos concernientes a objetos territoriales legales de derecho público y privado de su jurisdicción.

Constituye un componente fundamental de la infraestructura de datos espaciales de la Ciudad y forma la base del sistema inmobiliario en los aspectos tributarios, de policía y ordenamiento administrativo del territorio.

Ver Mapa de las Secciones Catastrales » A los fines catastrales de registro, la ciudad está dividida en 22 Circunscripciones, 99 Secciones, 12. 192 Manzanas y 391. 400 Parcelas. Las Circunscripciones están conformadas por Secciones, las Secciones a su vez delimitan un número indeterminado de manzanas. .