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Que Se Vota En Rosario 2021?

Que Se Vota En Rosario 2021
En los comicios legislativos nacionales se elegirán 127 diputados y 24 senadores en todo el país. En Rosario, además, se vota para renovar 13 bancas en el Concejo. Información útil y dudas de último momento.

¿Que se vota el 14 de noviembre en Argentina?

14 de noviembre: elecciones legislativas nacionales.

¿Que se vota el 12 de septiembre en Río Negro?

¿Qué votamos? – Río Negro renueva dos representantes en la Cámara de Diputados. El 12 de septiembre elegimos a los candidatos de cada alianza electoral que competirán en las elecciones generales. El 14 de noviembre elegimos a los candidatos, senadores y diputados, que nos representarán en el Congreso de la Nación.

¿Cómo inscribirse para las elecciones 2021?

¿Que se vota en el referendum italiano 2022?

Preguntas [ editar ] – En el referéndum se votará la derogación de cinco normas, cada una en una papeleta separada:

  • la abolición de la ley Severino: la pregunta propone la abolición del decreto legislativo Severino sobre la confiabilidad, inelegibilidad y caducidad automática de parlamentarios, representantes gubernamentales, consejeros regionales, alcaldes y administradores locales en caso de condena.
  • los límites a la prisión preventiva: se propone limitar la prisión preventiva por riesgo de “reincidencia” sólo a los delitos más graves.
  • la separación de funciones de los magistrados: se propone eliminar por completo la posibilidad de que los magistrados pasen, durante su carrera, de la función de acusar a la de juzgar y viceversa.
  • el voto de los abogados en los consejos judiciales sobre la evaluación de los magistrados.
  • la reforma del Consejo Superior de la Magistratura.

¿Que se elige en el 2021 en Argentina?

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Elecciones provinciales de 2021
Tipo Gubernativa y legislativa

Las elecciones provinciales de Argentina de 2021 se realizaron en 13 de los 24 distritos del país. Los comicios tuvieron como objetivo renovar la mitad de las legislaturas provinciales y elegir gobernador en Corrientes y Santiago del Estero. La cantidad de cargos a renovar varió por provincia. Algunas cuentan con legislativos bicamerales, por lo que se debió elegir diputados y senadores provinciales, y otros con legislaturas unicamerales.

¿Que se elige en las elecciones primarias?

Una elección primaria (primaria de nominación), o simplemente primaria, es una elección en la cual los votantes bajo una jurisdicción seleccionan al candidato que un partido presentará a una elección pública posterior.

¿Cómo se elige a los diputados y senadores?

Los diputados se eligen por distritos uninominales mientras que los senadores se eligen en fórmulas de dos por entidad federativa. Se asigna el triunfo a las fórmulas que obtuvieron el mayor número de votos sin importar el porcentaje obtenido.

¿Cuántos diputados se eligen por provincia en Argentina?

Representación federal en el Senado y en Diputados [ editar ] – El bicameralismo argentino responde a una tradición histórica relacionada con la formación del estado y la asunción de la forma federal de estado. Es un sistema bicameral: La cámara alta está conformada por un número fijo de 72 senadores (3 por provincia), siempre y cuando no se establezcan nuevas provincias, mientras que a la cámara baja la componen diputados cuya cantidad se regula por censo nacional cada 10 años, habiendo 1 diputado cada 161,000 argentinos (257 actualmente).

Distrito Senadores Diputados
Ciudad Autónoma de Buenos Aires 3 25
Provincia de Buenos Aires 3 70
Provincia de Catamarca 3 5
Provincia del Chaco 3 7
Provincia del Chubut 3 5
Provincia de Córdoba 3 18
Provincia de Corrientes 3 7
Provincia de Entre Ríos 3 9
Provincia de Formosa 3 5
Provincia de Jujuy 3 6
Provincia de La Pampa 3 5
Provincia de La Rioja 3 5
Provincia de Mendoza 3 10
Provincia de Misiones 3 7
Provincia del Neuquén 3 5
Provincia de Río Negro 3 5
Provincia de Salta 3 7
Provincia de San Juan 3 6
Provincia de San Luis 3 5
Provincia de Santa Cruz 3 5
Provincia de Santa Fe 3 19
Provincia de Santiago del Estero 3 7
Provincia de Tierra del Fuego 3 5
Provincia de Tucumán 3 9
Total Argentina 72 257

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¿Cuando hay inscripciones de cédulas para votar 2022?

– ⮞ La inscripción virtual de cédulas para las elecciones del 2022 seguirá funcionando las 24 horas hasta la medianoche del día 13 de enero. ⮞ Este fin de semana se prestará servicio en todas las registradurías especiales, auxiliares y municipales del país, así como en los puntos de atención autorizados por la entidad.

¿Cómo saber cuál es mi puesto de votación?

En  www. registraduria. gov. co , en el sitio “consulte aquí su lugar de votación” usted puede digitar su documento de identidad y el sistema le indicará si hace parte del censo electoral o no, y en caso afirmativo cuál es su actual puesto de votación.

¿Cómo saber si mi cédula está inscrita para votar?

La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano informa que el colombiano en el exterior que quiera fijar su lugar de votación en una Embajada o Consulado de Colombia, podrá inscribir su cédula de ciudadanía en cualquier momento en el respectivo Consulado o Embajada, hasta dos meses antes de la correspondiente jornada electoral. Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Consulte el lugar donde su cédula se encuentra inscrita para votar en: https://wsp. registraduria. gov. co/censo/consultar/
  • Preséntese con su cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o digital) o con su pasaporte colombiano.
  • Preséntese antes de las fechas límite de inscripción:

o   Para las elecciones al Congreso a realizarse el día 13 de marzo de 2022, la fecha límite de inscripción es el 13 de enero de 2022. o   Para las elecciones a Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el día 29 de mayo de 2022, la fecha límite de inscripción es el 29 de marzo de 2022. La inscripción de la cédula para votar es distinta al registro consular. La persona que inscriba su cédula podrá ejercer su derecho al voto en el consulado donde adelante dicha inscripción.

  • La inscripción de cédula se puede adelantar con la cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o digital) o con el pasaporte colombiano;
  • No obstante, el único documento válido para ejercer el derecho al voto es la cédula de ciudadanía original de acuerdo con lo establecido en la Ley 39 de 1961;

Si su cédula ya está inscrita para votar en el Consulado o Embajada de su mayor conveniencia, no se requiere realizar una nueva inscripción. Consulte las Resoluciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Resolución 2098 de 2021, “Por el cual se fija el calendario electoral para las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 13 de marzo de 2022” Resolución 2105 de 2021,  “Por la cual se reglamenta el procedimiento de inscripción de ciudadanos colombianos residentes en el exterior para las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 13 de marzo de 2022, Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el 29 de mayo de 2022 y en caso de segunda vuelta el 19 de junio de 2022, para el periodo constitucional 2022-2026” Resolución 2106 de 2021,  “Por la cual se reglamenta el procedimiento para el registro de los comités inscriptores de candidaturas apoyadas por grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y promotores del voto en blanco, así como para la verificación de las firmas de apoyo presentadas por los mismos, para las elecciones de Congreso de la República a celebrarse el 13 de marzo de 2022”.

¿Qué elecciones hay en Italia 2022?

Presidente de la República Italiana Titular Sergio Mattarella Independiente Electo Sergio Mattarella Independiente

La elección presidencial de Italia de 2022 se celebró entre el 24 y 29 de enero de 2022. Fue la decimocuarta elección del presidente de la República Italiana , que fue elegido por el Parlamento italiano y los representantes regionales en sesión conjunta. El actual presidente Sergio Mattarella , quien es elegible para la reelección, había descartado un segundo mandato.

¿Qué es una consulta popular en Argentina?

Buenos Aires, 22 de octubre de 1998. – La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Referéndum y Consulta Popular TITULO I OBJETO Y FINALIDAD Artículo 1. – La presente Ley tiene por objeto la reglamentación de los institutos de consulta previstos en los artículos 65 y 66 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Capítulo I De los institutos de consulta Artículo 2. – El Referéndum es el instituto por el cual se somete a la decisión del electorado la sanción, reforma o derogación de una norma de alcance general. El voto es obligatorio y el resultado, vinculante.

Artículo 3. – La Consulta Popular es el instituto por el cual el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo o las Juntas Comunales, dentro de sus ámbitos territoriales, requieren la opinión del electorado sobre decisiones de sus respectivas competencias. El voto no es obligatorio y el resultado no es vinculante.

TITULO II DEL REFERÉNDUM Artículo 4. – No pueden ser sometidas a Referéndum las materias excluidas del derecho de iniciativa, los tratados interjurisdiccionales y las que requieran mayorías especiales para su aprobación.

Artículo 5. – El Poder Legislativo convoca a Referéndum en virtud de Ley que no puede ser vetada, sancionada en sesión especial convocada al efecto. Artículo 6. – El Poder Ejecutivo convoca a Referéndum, mediante decreto y en el término de noventa (90) días, sólo cuando la Legislatura no hubiere tratado en el plazo de doce (12) meses un proyecto de Ley por procedimiento de iniciativa popular que cuente con más del quince por ciento (15%) de firmas del total de inscriptos en el padrón electoral de la Ciudad. – La Ley o decreto de convocatoria, según corresponda, debe contener:

  1. el texto íntegro de la norma de alcance general a ser sancionada o derogada o el articulado objeto de modificación;
  2. la pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera afirmativa;
  3. la fecha de realización del Referéndum.

Artículo 8. – La sanción, reforma o derogación de una norma de alcance general sometida a decisión del electorado es aprobada cuando el voto afirmativo obtiene la mayoría absoluta de los votos válidos emitidos. Artículo 9. – El Presidente de la Legislatura remite el texto al Poder Ejecutivo quien debe publicarlo dentro de los diez (10) días de recibido en el Boletín Oficial.

  • Artículo 7;
  • La Ley entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación o en el plazo que ésta disponga;
  • Artículo 10;
  • – En caso de que no se cumplan los extremos del artículo 8 la norma de alcance general sometida a la decisión del electorado no puede volver a considerarse en los dos años legislativos subsiguientes;

TITULO III DE LA CONSULTA POPULAR Artículo 11. – No pueden ser objeto de Consulta Popular las materias excluidas en el Artículo 4 de la presente Ley, excepto la tributaria. Artículo 12. – La Consulta Popular puede ser convocada por:

  1. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en virtud de Ley, aprobada en sesión especial convocada al efecto.
  2. El Jefe de Gobierno, en virtud de decreto.
  3. Las autoridades comunales mediante el instrumento que establezca la Ley que regule su organización y competencias.

Artículo 13. – La convocatoria a Consulta Popular contiene:

  1. La decisión puesta a consideración del electorado.
  2. La pregunta que ha de responder el electorado, formulada de manera afirmativa.
  3. La fecha en que se realizará la Consulta Popular.

Artículo 14. – La opinión del electorado se considera como positiva o negativa a simple pluralidad de sufragios. TITULO IV DE LAS DISPOSICIONES COMUNES CAPITULO I De la difusión Artículo 15. – La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una antelación no menor a treinta (30) ni mayor a noventa (90) días, respecto de la fecha fijada para la realización del Referéndum o de la Consulta Popular.

El plazo mínimo previsto en el párrafo anterior podrá ser reducido en casos de extrema gravedad institucional. (Conforme texto Artículo 1 de la Ley N163, BOCBA Nº 656 del 19/03/1999). Nota de Redacción: Véase Ley Nº 164, BOCBA 656 del 19/03/1999.

Artículo 16. – Se difunde por los siguientes medios:

  1. En la emisora radial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante cinco (5) días;
  2. En todo otro medio de difusión gráfico, televisivo, radial o informático del que dispongan la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Poder Ejecutivo y las Autoridades Comunales, según corresponda;
  3. En dos (2) de los diarios de mayor circulación en la Ciudad, durante dos (2) días.

CAPITULO II Del acto eleccionario Artículo 17. – No puede convocarse a Referéndum en fecha coincidente con la realización de elecciones de autoridades nacionales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de las Comunas. Artículo 18. – El acto eleccionario se rige por el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que sea de aplicación y no se oponga a la presente Ley.

Artículo 19. – A los efectos de esta Ley se considera el último padrón de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de la Comuna, según corresponda. Artículo 20. – El electorado se manifiesta por SÍ o por NO, en boletas separadas de un mismo tamaño, color, forma y texto, según modelo adjunto en Anexo I , que integra la presente Ley.

Artículo 21. – La pregunta debe formularse a través de un enunciado afirmativo, con objetividad, claridad y precisión sin insinuar directa o indirectamente el sentido de la respuesta. No pueden contener considerando, preámbulo, nota explicativa, logo, dibujo o fotografía alguna que puedan inducir o confundir al electorado.

Artículo 22. – En el caso de que se realicen en una misma fecha más de un Referéndum y/o Consulta Popular, las boletas que se utilicen deben diferenciarse claramente entre ellas. Artículo 23. – El Tribunal con competencia electoral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene a su cargo el control de la redacción y confección de las boletas.

DISPOSICION TRANSITORIA N 1: El procedimiento electoral se regirá por las disposiciones prescritas por la Ley Electoral Nacional, hasta tanto se sancione la normativa especifica en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 24. – Comuníquese, etc.

¿Que el referendo?

– Referendo. Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. Parágrafo. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.

¿Que se vota en Argentina?

Urna utilizada en las elecciones de 1916. Las elecciones en la República Argentina se celebran cada dos años para elegir a los cuerpos legislativos (los que se renuevan por mitades, en mandatos de 4 años) y, desde 1995, cada cuatro para elegir al poder ejecutivo (antes se realizaban cada seis años). La constitución nacional, en su artículo primero, establece que el país tiene un sistema de gobierno ” representativo, republicano y federal “. [ 1 ] ​ Por su condición de país federal , en Argentina se realizan regularmente dos tipos de elecciones principales:

  • Elecciones nacionales, para elegir a las autoridades federales del país: el Poder Ejecutivo, constituido por el Presidente y el vicepresidente y el Congreso Nacional , formado por Senadores y Diputados.
  • Las elecciones provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires o locales, para elegir a las autoridades de cada provincia: los poderes ejecutivos de las provincias y sus legislaturas.

También se realizan regularmente elecciones municipales , regidas por las leyes y procedimientos de cada provincia. Extraordinariamente se realizan elecciones de convencionales para integrar una Convención constituyente , organismo encargado de modificar la Constitución , algo que ha sucedido en 1853 , 1860 , 1866 , 1898 , 1949 , 1957 y 1994. [ 2 ] ​ En todos los casos el voto es universal , secreto y obligatorio para los ciudadanos desde los 16 años de edad; [ 3 ] ​ [ 4 ] ​ aunque para los menores de 18 años y mayores de 70 años no está prevista ninguna sanción en caso de no votar.

  1. En algunos casos se permite el voto de extranjeros radicados;
  2. En noviembre del 2012, se aprobó una ley que permite a los jóvenes entre 16 y 18 años de edad a votar de forma optativa;
  3. [ 5 ] ​ Desde 1862 hasta 1930 el Presidente de la Nación asumía el cargo el 12 de octubre;

Desde 1932 hasta 1943 el cargo se asumía el 20 de febrero. Las dos primeras presidencias de Juan Domingo Perón en 1946 y 1952 las comenzó el 4 de junio. En 1958 Arturo Frondizi asumió el 1 de mayo. En 1963 Arturo Illia volvió a asumir el cargo el 12 de octubre.

  1. En marzo de 1973 fue elegido Héctor Campora y comenzó su mandato el 25 de mayo pero renunció 49 días después de asumir;
  2. Ese mismo año fue elegido por tercera vez Juan Perón que asumió el cargo el 12 de octubre;

Desde 1983 la mayoría de las asunciones fueron el 10 de diciembre excepto las de Carlos Menem quien asumió sus dos presidencias en 1989 y 1995 el 8 de julio y Néstor Kirchner quien asumió el 25 de mayo de 2003. El Presidente y Vicepresidente son elegidos en una única votación, por un período de cuatro años, a través el voto popular directo, utilizando un sistema de segunda vuelta : debe haber una segunda vuelta si ninguna fórmula obtiene más del 45% de los votos positivos , o más del 40% de los votos positivos con una diferencia porcentual de 10 puntos con respecto a la segunda fórmula, en cantidad de votos positivos. [ 6 ] ​ El Congreso Nacional tiene dos cámaras:

  • La Cámara de Diputados de la Nación tiene 257 miembros, elegidos por un período de cuatro años en cada distrito electoral (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ) por representación proporcional utilizando el método D’Hondt , con la mitad de las bancas renovados cada dos años en todos los distritos electorales.
  • El Senado de la Nación tiene 72 miembros elegidos por un período de seis años, con dos bancas para el partido o coalición mayoritarias y una banca para el segundo partido o coalición mayoritaria. Una tercera parte de las bancas son renovadas cada dos años. En las elecciones legislativas de 2001 , el senado fue renovado en su totalidad.

¿Que se vota el 14 de noviembre en San Luis?

Skip to content El  Ministerio de Justicia, Gobierno y Culto informó que el gobernador Alberto Rodríguez Saá firmó el decreto Nº 2838, que modifica el Nº 2420 de llamado a elecciones y fija la nueva fecha en concordancia con las establecidas por la ley nacional Nº 27631. Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 Que Se Vota En Rosario 2021 La entrada Las elecciones generales en San Luis se realizarán el 14 de noviembre se publicó primero en Agencia de Noticias San Luis ..

¿Qué quiere decir las PASO?

Ley 26. 571 [ editar ] – La Ley N. º 26. 571 , conocida como «Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral» fue sancionada el 2 de diciembre de 2009. Esta modificó los requerimientos de los partidos políticos para poder presentarse en las elecciones nacionales e implementó el sistema de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.

La reforma política dejó fuera de competencia a 149 partidos, entre ellos el Demócrata Cristiano (perdió la personería en 12 provincias), el Humanista (en 10 provincias) y el Obrero y el Comunista (ambos caducaron en 9 provincias).

[ 3 ] ​ Esta Ley modificó, entre otras, a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, 23. 298, y a la Ley 26. 215, de Financiamiento de los Partidos Políticos. Además, se modificó la cantidad mínima de afiliados que debe tener un partido político para no perder la personería jurídica, y así, tener la posibilidad de presentarse a elecciones.

¿Que se vota el 14 de noviembre en Santiago del Estero?

Gobernador de Santiago del Estero Titular Gerardo Zamora UCR – FCS Electo Gerardo Zamora UCR – FCS

Las elecciones generales de la provincia de Santiago del Estero de 2021 se realizarán el 14 de noviembre para elegir gobernador y vicegobernador y renovar 40 escaños de la Legislatura. También habrán elecciones para autoridades municipales. La fecha de las elecciones municipales es fijada por cada municipio.